Recibir una herencia no significa recibir únicamente una vivienda, dinero o inversiones. La herencia también puede incluir préstamos pendientes, deudas con particulares, obligaciones fiscales, gastos y otras cargas.

Por eso, antes de aceptar, no basta con calcular cuánto valen los bienes. Hay que averiguar también cuánto debe la persona fallecida y qué obligaciones pueden recaer sobre la herencia.

La diferencia es especialmente importante porque el Código Civil permite aceptar una herencia de dos maneras: pura y simplemente o a beneficio de inventario. Las consecuencias económicas son muy distintas.

Antes de firmar, conviene revisar la aceptación de herencia y comprobar qué modalidad estás utilizando.

Aceptar una herencia significa suceder también en sus obligaciones

Cuando una persona fallece, su patrimonio hereditario no está formado únicamente por activos.

Puede haber:

pero también:

El problema aparece cuando los herederos conocen fácilmente los bienes, pero no todas las deudas.

Una vivienda puede parecer un activo de 200.000 euros y estar gravada con una hipoteca importante. También pueden aparecer créditos o reclamaciones que no eran evidentes en el momento del fallecimiento.

Antes de aceptar una herencia, calcula su patrimonio neto, no solo el valor de sus bienes.

Aceptación pura y simple: puedes responder con tu propio patrimonio

El artículo 998 del Código Civil establece que la herencia puede aceptarse pura y simplemente o a beneficio de inventario.

La diferencia fundamental aparece en el artículo 1003.

Cuando aceptas pura y simplemente, quedas responsable de las cargas de la herencia no solo con los bienes heredados, sino también con tus propios bienes.

Imagina este escenario:

Si la aceptación es pura y simple, existe el riesgo de que la responsabilidad no quede limitada a esos 80.000 euros heredados.

Ese es precisamente el peligro que debe valorarse antes de aceptar una herencia cuyo pasivo no conoces bien.

¿Qué significa aceptar a beneficio de inventario?

El beneficio de inventario permite separar el patrimonio personal del heredero del patrimonio hereditario.

El artículo 1010 del Código Civil reconoce a todo heredero la posibilidad de aceptar de esta manera, incluso aunque el testador hubiera intentado prohibirlo.

Su efecto principal aparece en el artículo 1023: el heredero no queda obligado a pagar las deudas y cargas de la herencia más allá de donde alcancen los bienes hereditarios.

En términos sencillos:

Forma de aceptación Responsabilidad por deudas
Pura y simple Puede alcanzar tus bienes personales
Beneficio de inventario Se limita, con carácter general, al patrimonio hereditario
Renuncia No adquieres la condición de heredero de esa herencia

Si sospechas que existen deudas o simplemente no sabes qué puede aparecer, esta diferencia es decisiva.

El beneficio de inventario no consiste en añadir una frase al documento

No basta con escribir “acepto a beneficio de inventario”.

El Código Civil establece formalidades específicas.

La declaración debe hacerse ante notario y debe ir acompañada de un inventario fiel y exacto de los bienes de la herencia, realizado conforme a las formalidades y plazos legales.

Además, los artículos 1014 y siguientes establecen distintos plazos dependiendo de si el heredero tiene en su poder bienes de la herencia, ha realizado gestiones como heredero u otras circunstancias.

Por eso no conviene esperar meses mientras se utilizan o disponen bienes hereditarios para decidir después cómo aceptar.

Una actuación incorrecta puede afectar a la posibilidad de utilizar esta protección.

Cuidado: también puedes aceptar una herencia sin firmar expresamente

La aceptación pura y simple puede ser expresa o tácita.

El artículo 999 del Código Civil considera tácita la aceptación cuando se realizan actos que suponen necesariamente la voluntad de aceptar o que solo podrían realizarse teniendo la condición de heredero.

Además, el artículo 1000 contempla determinados actos que implican aceptación.

Por ejemplo, vender, donar o ceder el derecho hereditario puede tener consecuencias muy diferentes a realizar simples actos de conservación.

Esto significa que no siempre puedes pensar:

“Todavía no he firmado la aceptación, así que todavía puedo decidir.”

Puede que determinadas actuaciones realizadas previamente ya tengan efectos jurídicos.

Una vez aceptada, no puedes simplemente arrepentirte

El artículo 997 del Código Civil establece que la aceptación y la repudiación de la herencia, una vez realizadas, son irrevocables, salvo los supuestos excepcionales previstos por la propia norma.

Por eso es tan importante analizar las deudas antes.

Aceptar primero y preguntar después puede ser una estrategia muy arriesgada.

Si todavía no conoces bien el patrimonio, el propio Código Civil permite pedir la formación de inventario antes de aceptar o repudiar, utilizando el llamado derecho de deliberar.

¿Y si prefieres renunciar a la herencia?

Si las deudas superan claramente los bienes, una posibilidad puede ser repudiar la herencia.

La renuncia debe realizarse ante notario en instrumento público, según el artículo 1008 del Código Civil.

Pero tampoco deberías firmar una renuncia a la herencia sin estudiar antes las consecuencias.

Renunciar significa no recibir los bienes, pero también puede alterar quién hereda después, dependiendo del testamento, del parentesco y de las reglas sucesorias aplicables.

Además, “renunciar a favor de” una persona concreta no siempre equivale jurídicamente a una simple repudiación: ciertos actos pueden implicar que la herencia se entiende previamente aceptada.

¿Qué pasa con una vivienda hipotecada?

Una hipoteca no desaparece porque fallezca el propietario.

Si dentro de la herencia existe un inmueble hipotecado, hay que comprobar:

No valores una vivienda por su precio de mercado sin descontar las obligaciones vinculadas.

También conviene averiguar si existía un seguro que pueda cubrir total o parcialmente el préstamo tras el fallecimiento.

¿Y las deudas fiscales?

La herencia puede tener obligaciones tributarias propias del proceso sucesorio y también pueden existir deudas fiscales pendientes del causante.

No conviene confundir ambas cosas.

Una cosa es el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones derivado de adquirir la herencia y otra las deudas que ya formaban parte del patrimonio de la persona fallecida.

La situación debe revisarse de manera individual, especialmente porque el régimen fiscal puede variar según la comunidad autónoma y las circunstancias personales del heredero.

Si hay varios herederos, no todos tienen que aceptar igual

El artículo 1007 del Código Civil establece que, cuando hay varios llamados, unos pueden aceptar y otros repudiar. Además, cada heredero puede aceptar pura y simplemente o a beneficio de inventario.

Por eso la decisión de un hermano no obliga automáticamente a los demás a asumir la misma modalidad.

Después habrá que organizar el patrimonio entre quienes finalmente sean herederos. En ese momento puede ser necesario revisar el reparto hereditario o el acuerdo entre herederos.

Qué investigar antes de aceptar

Antes de tomar una decisión, intenta reunir:

También conviene comprobar si existen bienes de difícil venta o gastos elevados de mantenimiento.

El valor real de una herencia no es “lo que hay”, sino lo que queda después de atender sus obligaciones.

No firmes la aceptación sin saber qué responsabilidad asumes

Aceptar una herencia puede ser una buena noticia, pero jurídicamente significa ocupar una posición patrimonial que incluye activos y pasivos.

En el área de Herencias puedes revisar los principales documentos que aparecen durante el proceso sucesorio.

Antes de aceptar, responde a tres preguntas:

  1. ¿Qué bienes existen realmente?
  2. ¿Qué deudas y cargas conocemos?
  3. ¿Estoy aceptando pura y simplemente o a beneficio de inventario?

La tercera pregunta puede ser la más importante de todas. Si existen deudas desconocidas, la forma en que aceptes puede determinar si el problema se limita al patrimonio heredado o termina afectando también al que ya era tuyo.